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CONDUCCIÓN Y SEGURIDAD VIAL.

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Hace # [1:hora][?:horas]}, scresp0 dijo:

Mola mucho pero cuando ves cómo quedan los clásicos con choques no demasiado fuertes acojona.. un coche actual aguanta mucho más.


Un saludo,
Santiago

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Nuestros coches y los que aparecen en el video no tenían ningún tipo de medida de seguridad. Había que ir a coches de lujo como Mercedes para encontrar un diseño testado para los golpes. Renault hacía crashtest pero era evidente que no eran equiparables las medidas de seguridad a lo que montaban los Mercedes o coche de su categoría

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El capítulo del mar está rodado en Cabo de Palos y La Manga del Mar menor ¿verdad?

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Hace # [1:hora][?:horas]}, scresp0 dijo:

El capítulo del mar está rodado en Cabo de Palos y La Manga del Mar menor ¿verdad?

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Parece que es la zona de La manda del mar menor  pero no sabría decirte que pueblo en concreto.

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Cómo adelantar a un ciclista con seguridad .

 

10 Trucos para los nuevos conductores .

 

 

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Peligros, radares y otras mentiras.

A principios de año Automovilistas Europeos Asociados presentó un informa elaborado con información del Ministerio de Fomento en el que se buscaban las carreteras más peligrosas de España. Para la elaboración del mismo se tomaron en consideración casi 26.000 kilómetros de carreteras, analizando 150 tramos de un total de 60 carreteras.

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Una de las curiosidades que pueden extraerse de dicho informe radica en que uno de los factores que más influye en los accidentes es el mal estado de la vía, que se encuentra presente en el 47% de los mismos. Tal y como ya sabemos desde hace mucho tiempo las carreteras convencionales de doble sentido son los lugares más peligrosos, algo que confirma este informe.

 

 

Si se la pegan la culpa es de los conductores, claro 


Sin embargo, y curiosamente, no son los lugares en los que más radares se instalan, es más, entre los 150 tramos más peligrosos de las carreteras españolas hay nada menos que 14 radares fijos… toda una barbaridad considerando que en el total de la red de Carreteras del Estado la cifra alcanza los 600 radares fijos.




No todo son malas noticias. El informe señala también que entre los años 2006 y 2010 el índice de peligrosidad media se ha reducido en hasta cuatro veces, teniendo como causa principal de dicho descenso la plausible mejora de las infraestructuras

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Pero si los responsables de la ubicación de los radares siempre nos machacan diciendo que es "por nuestra seguridad", no seremos nosotros quienes hagan cual oposición de turno tirando por tierra todos y cada uno de los argumentos del gobierno que toque (y nos da igual la ideología, color o como quieran llamarlo) Es una desgracia comprobar que muchos de los radares están ubicados en zonas absolutamente carentes de peligro, pero no podemos por menos que alabar la existencia de los mismos (y su señalización para evitar así que el peligro se haga realidad) en tramos de alto índice de peligrosidad.




Así es que por ello aplaudimos la existencia de radares en los siguientes puntos:




Km. 71 de la Autopista AP-66 en Asturias

Km.527 de la Autopista AP-7 en Valencia

Km.479 de la Autopista AP-7 en Valencia




Y PEDIMOS, sin que sirva de precedente, que se ubiquen radares y se indiquen claramente en los siguientes puntos:




Km.11 de la autopista AP-41 en Toledo

Km.36 de la autopista AP-68 en el País Vasco

Km.415 de la nacional N-630 en Salamanca

Km.59 de la nacional N-234 en Castellón

km.60 de la nacional N-234 en Castellón

Km.594 de la nacional N-430 en Albacete

km.173 de la nacional N-323 en Granada

Y es que todo este listado de autopistas y carreteras se corresponde con el de lugares o tramos con mayor índice de peligrosidad de nuestras carreteras. Curioso, cuando de los 600 radares existentes sólo tres que se sitúan en estos puntos, y ninguno en las carreteras secundarias que, de largo, son las más peligrosas. 

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Aquí es donde muchos bienintencionados lectores comentarán cosas como "si vas a la velocidad que marca la vía no tendrás ninguna multa" o "es que tenemos que respetar a todos y no circular como locos" o "los coches deberían todos estar limitados a 120 que es la velocidad máxima". Estooooo vale, aceptamos pulpo, porque todo el mundo, y queremos decir TODO EL MUNDO va a 60 en las vías de servicio en donde se ponen (ocultos) los radares móviles porque, obviamente, circular a 80 por esas vías paralelas a la autopista con dos carriles y tráfico despejado es, a todas luces, TREMENDAMENTE PELIGROSO. Y nadie pasa de 120 en carretera en viajes de más de 400 kilómetros porque es mucho más peligroso circular a 140 con buena atención al volante que ir a 120 dando cabezadas de sueño. 




Comentaba Arturo de Andrés cuando trabajaba yo en Autovía que un afamado piloto (lamento no tener la memoria de mi gran compañero de profesión) decía siempre que todo aquel que sabe conducir está en contra de las limitaciones genéricas de velocidad, mientras que todo aquel que no sabe conducir está completamente de acuerdo con las mismas. Yo, al menos por esta vez, me coloco del lado de quienes saben conducir… ¿y tú?





Fuente: David Ayala.

 

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Seguridad Vial: Conducción preventiva 1ª parte.

Seguridad Vial: Conducción preventiva 2ª parte  .

 

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Conducción con lluvia intensa .

Como reaccionar si se pincha un neumático.

 

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Yo ya vivi la experiencia de conducir con fuerte lluvia este domingo y la verdad es que los consejos que dan en el video son muy útiles

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Cómo recuperar los puntos perdidos del carnet de conducir.

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¿Has perdido algún punto del carnet o todos? No te preocupes, tiene solución. Eso sí, cometer infracciones que restan puntos no sale nada barato.
El organismo que rige qué autoescuelas pueden o no pueden organizar los cursos, es el CNAE (Confederación Nacional de Autoescuelas), existe un listado de los centros autorizados que puede ser consultado tanto en la web de la DGT como en la de la CNAE.
El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras:

Para recuperar parte de tus puntos: dos opciones

1. Los puedes recuperar realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas en un Centro concertado con la Administración con el que se podrán recuperar un máximo de 6 puntos.  Este curso sólo podrá realizarse una vez cada 2 años, con la excepción de los conductores profesionales, que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual.


Realizado el curso, el interesado no deberá acudir a ninguna Jefatura Provincial de Tráfico, sino que el Centro le expedirá un certificado acreditativo de su realización con aprovechamiento, y lo comunicará telemáticamente a la Dirección General de Tráfico para la actualización de los datos del conductor. El curso se hace en dos días (6 horas cada días) y su precio es de 211,25 €.
2. Puedes recuperar tus puntos perdidos cuando pasen dos años sin que cometas infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos. Entonces, volverás a tener el saldo inicial de doce puntos. Pero en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años sin cometer más infracciones.

Para los que han perdido todos los puntos del carnet

Para todo aquel que ya no tenga puntos en su carnet de conducir hay disponible un curso de 24 horas de duración,  que se divide en cuatro jornadas de 6 horas y los días consecutivos pueden ser de dos en dos (lunes + martes, viernes + sábado, por ejemplo).
Para superar este curso, además de las clases, también habrá que aprobar un examen de tipo test en la DGT. El precio de este curso es de 397,66 €. Una vez superado el curso y aprobado el examen, tendrás de nuevo puntos en el carnet. Eso sí, serán 8 en vez de 12.  
Habrá que esperar seis meses para volver a tener autorización para conducir, en el caso de conductores no profesionales, y de 3 meses en el caso de los profesionales.
 

Cursos adicionales

Para los que han hecho el curso de recuperación total, pero han suspendido el examen teórico, se ofrecen cursos adicionales de cuatro horas para poder volverse a presentar al examen. Este curso, dura 4 horas y sólo se puede hacer dos veces consecutivas, es decir, si la tercera vez que haces el examen teórico también suspendes, tendrás que hacer el Curso de recuperación total. Precio: 124,26 €.

Fuente: Irene Mendoza.

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Corto de Rodrigo Cortés sobre conducción eficiente.

octubre 2014
Una chica conduce de noche por una carretera secundaria. La radio de su coche es su única compañía. O no. El bosque quizá no es el mejor lugar para quedarse sin gasolina. Si quieres saber cómo ser eficiente en tus desplazamientos visita nuestra sección de movilidad.
"1:58" es un corto con aires de thriller y terror dirigido por Rodrigo Cortés y protagonizado por Manuela Vellés con la colaboración especial de Julia Otero y Gabino Diego, que ofrece al espectador diferentes claves sobre una conducción eficiente.

 

 

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¿Cómo circular en rotondas? DGT se pronuncia (pero no dice nada que no supiéramos).

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Uno de los temas más controvertidos en la circulación de vehículos es la normativa sobre cómo abordar las glorietas. En esto de circular en rotondas DGT siempre se ha mantenido en una misma posición: la normativa aplicable es la misma en glorietas que en la circulación general. Es decir que en el asunto de circular en rotondas DGT no ve una especificidad que la obligue a pedir al Poder Legislativo un pliego de normas que le sea propio.
La novedad viene dada porque DGT, a través de su revista, se ha pronunciado de manera clara sobre cómo circular en glorietas o rotondas. La pieza periodística cuenta con el aval de las unidades de Ordenación Normativa y de Educación y Formación Vial de la Dirección General de Tráfico, de manera que lo que se explica en el reportaje puede asimilarse a lo que se piensa en DGT que debe ser la circulación por las glorietas.

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Antes de entrar en materia, DGT nos recuerda algunos puntos básicos: qué es una glorieta y cuál es el sentido de circulación dentro de la glorieta, cómo se reconoce una glorieta y quién tiene prioridad en una glorieta. Esos puntos básicos tienen parte de su justificación en dejar claro —aunque sin decirlo abiertamente— que pueden existir otras soluciones para los encuentros de vías, como por ejemplo plantar un elemento en mitad de la intersección y organizar alrededor de él una circulación giratoria aunque no exista una vía circular como tal. En casos como ese, sigue rigiendo la norma general de prioridad de la derecha.
Se echa en falta en el reportaje de DGT algún ejemplo concreto que sirva a los conductores para diferenciar de forma absoluta lo que es una glorieta de lo que es simplemente una canalización del tráfico, y así evitar que el las glorietas se comporten como si esquivaran el anillo central, que es uno de los orígenes del problema más habitual de la circulación en rotondas y que detallaremos más adelante.
Por resumirlo brevemente, no siempre que tengamos un elemento en medio del asfalto estamos ante una glorieta.

Una glorieta es un tipo especial de intersección que, además ,cuenta con una vía circular que discurre alrededor de su anillo central.

Y sí, tal y como recuerdan en el reportaje publicado por DGT, la única señal que abiertamente nos habla de glorietas como tales, es la vertical S-200 Preseñalización de glorieta que vemos unos párrafos más arriba (esa que nos da a elegir entre Villalba, Guadarrama o un brazo que nos lleva hacia la autovía A-6 en sentido A Coruña).
Para todo lo demás, un mar de incertidumbres en materia de señalización vertical. Ni la señal P-4 Intersección con circulación giratoria ni la señal R-402 Intersección de sentido giratorio-obligatorio que vemos junto a estas líneas nos hablan por ellas mismas de la presencia de una glorieta.

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Para circular en rotondas DGT nos recuerda
cuál es el uso de los carriles en una glorieta

Uno de los puntos críticos de la circulación en glorietas o rotondas —de hecho, el principal punto crítico, y con diferencia— se encuentra en el uso de carriles en este tipo especial de intersección que, además, es una vía circular. Y es en torno a este carácter atípico de esta vía circular que se produce la discusión más habitual cuando hablamos de rotondas y circulación.
DGT ha querido cerrar para siempre esta polémica, y lo hace de forma directa:

¿POR QUÉ CARRIL DEBO CIRCULAR? Elija el que considere que se ajusta mejor a la dirección que va a seguir. Si, por ejemplo, usted va a tomar la última salida, o bien el carril exterior está muy congestionado porque la mayoría de los vehículos van a tomar la siguiente salida, podría elegir los carriles interiores. De esa forma, además, permitirá la incorporación a la glorieta de otros vehículos que están esperando.

Aquí queda implícito que la circulación en general se realiza por la derecha de la vía salvo que las condiciones aconsejen otra cosa. Y ese aconsejar otra cosa es lo que se aborda directamente en el planteamiento de DGT.
Por otra parte, está por qué carril se abandona la glorieta o rotonda, que es lo que anticipábamos antes cuando hablábamos de esquivar la rotonda. También aquí DGT es muy clara:
 

¿PUEDO SALIR DIRECTAMENTE DESDE UN CARRIL INTERIOR? No, salvo que la circulación dentro de la glorieta estuviera convenientemente señalizada y encauzada mediante marcas viales: en ese caso, la salida podría efectuarse desde el carril interior y el de la derecha. Aunque, recuerde, si el carril exterior no estuviera ocupado, la norma le obliga a utilizarlo.
¿Y SI EL CARRIL EXTERIOR ESTÁ OCUPADO? Al margen de la excepción señalada, no olvide que el principio general de seguridad que ofrece este tipo de infraestructura es que la salida se efectúe desde el carril exterior. Si no ha podido situarse a tiempo en el carril de la derecha, no se detenga en medio de la glorieta esperando a que le dejen pasar para salir. Y tampoco fuerce la salida cortando la trayectoria a los que están en el carril exterior. Recuerde: ¡No tiene prioridad!: dé una vuelta más y procure situarse con suficiente antelación en el carril exterior.

En el fondo, lo que están haciendo es recordarnos que para abandonar una vía (sea esta o no circular) uno se aproxima al lado por el que va a salir. Porque nadie en su sano juicio circularía por el carril izquierdo de un calle y giraría de sopetón hacia la derecha para ir a buscar una nueva calle. Primero, se cambiaría de carril y luego giraría, que es lo que marca el Artículo 75 del Reglamento General de la Circulación.


Pues lo mismo, pero haciendo que la vía por la que circulamos siga un trazado curvilíneo.



Para circular en rotondas DGT nos recuerda
cuál es el uso de los intermitentes en una glorieta

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Otro punto crítico de la circulación en rotondas queda remarcado por DGT. Se trata de utilizar los intermitentes para ayudar al resto de los conductores a conocer nuestras intenciones, y no para inducirlos a confusión.

¿CÓMO UTILIZO LOS INDICADORES DE DIRECCIÓN? Para acceder a la glorieta, aunque es obligatorio indicar el cambio de dirección a la derecha, en algún caso -sobre todo si la siguiente salida está muy próxima- no se recomienda su uso para evitar que los demás interpreten que va a tomar esa salida. Cuando circula por el interior, no lleve el intermitente izquierdo para indicar que va a continuar girando; utilícelo solo para efectuar los cambios de carril, y ponga el indicador derecho para anunciar la salida.

Esto rompe con una pseudonorma que la misma DGT se encargó de propagar a los cuatro vientos y que consistía en mantener el intermitente a izquierdas cuando preveíamos abandonar la rotonda por uno de sus últimos brazos, lo que entonces se conocía como ir hacia la izquierdahacer un cambio de sentido. No es gratuita esta mención que ahora se tiene por incorrecta, hacia las direcciones que pretendemos tomar.
Todo lo anterior viene porque en otros tiempos se priorizaba el carácter de intersección que tiene una glorieta frente al carácter de vía circular que igualmente posee. Por eso se hablaba de señalizar a izquierdas y de ir hacia. Se veía la glorieta como una intersección. Ahora, la tendencia es a considerarla una vía circular, y por eso se dice lo que se dice de los intermitentes, y por eso ya no se oye hablar de ir hacia sino de tomar la primera salida, la segunda, la tercera… la que sea. De hecho, esta forma de referirse a los brazos de la glorieta también es más correcta desde un punto de vista técnico sobre la infraestructura, y además es más versátil si pensamos en rotondas que canalizan grandes encuentros de vías.
 

¿CUÁNDO PONGO EL INTERMITENTE PARA SALIR? Cuando vamos a abandonar la glorieta, debemos señalizarlo con suficiente antelación, pero no antes de haber sobrepasado el eje longitudinal de la anterior salida, para evitar que se malinterprete nuestra intención y se crea que vamos a salir por ella.

Este último punto vuelve al principio de lo que decíamos antes sobre evitar confusiones, y es que un intermitente debe ser entendido siempre como una herramienta de comunicación. Por cierto, que si eso es así, utilizar un intermitente a izquierdas para dar a entender puntualmente que nos mantenemos en el carril… podría no ser tan incorrecto, después de todo.
Para circular en rotondas DGT apela ¡por fin!
al sentido común de los conductores

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La verdadera novedad que se aprecia en el reportaje que aporta la Revista Tráfico y Seguridad Vial de DGT está en que el organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior de España huye, por fin, de la rigidez a la que nos tenía acostumbrados, vía funcionarios examinadores que explicaban a los profesores de formación vial —e incluso a los aspirantes a conductor, en el mismo día del examen— una de dos opciones:


  • o que toda glorieta se debía abordar dividiendo el uso de carriles en función del brazo de salida por el que fuéramos a abandonar la glorieta,
  • o que toda glorieta se debía abordar por el carril exterior salvo que utilizáramos un carril interior para realizar un adelantamiento.


Ni una cosa ni la otra se tenía en pie con el Reglamento General de Circulación en la mano, pero lo iban diciendo. De ahí, que tengamos auténticas legiones de conductores formados recientemente que no tengan una perspectiva clara de cómo circular en rotondas. Y esas legiones se suman a los conductores que directamente nunca recibieron una formación adecuada. Aquí es necesario hacer un inciso para pedir que sobre cómo circular en rotondas DGT ponga una campaña en medios audiovisuales bien encarada: completa pero concisa. Es muy llamativo que no se hayan utilizado los recursos de DGT para dar una información única y veraz a través de televisión e internet, aunque sea utilizando animaciones (esta o esta otra) de las que, por cierto, no se permite su uso fuera de la revista interactiva.

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Hubo una campaña radiofónica en DGT que hablaba sobre circulación en glorietas,
pero cuando buscamos en su mediateca “glorietas” o “rotondas” lo que obtenemos es esto

De vuelta a por qué no tenía sentido la rigidez de DGT…
Lo primero (si vas a la derecha o de frente, carril exterior; si vas a la izquierda o a cambio de sentido, carril interior; si hay más de dos carriles, ya no sé qué decirte) no se tenía en pie porque uno utiliza los carriles en función de las circunstancias que marcan el tráfico y la vía, partiendo de la base de que circulamos por la derecha como norma general, lo cual se entiende como que si no hay nada raro que me haga ir por otra parte, voy por el carril exterior de la rotonda. Pero si hay algo que me indique que es mejor utilizar otro carril, pues lo utilizo y santas pascuas.
Lo segundo (vete siempre por el exterior, no vaya a ser que gastes el carril interior) no se tenía en pie porque la única excepción que daban a la circulación por el carril exterior era el absurdo de adelantar en una rotonda, que es absurdo no por el inicio o el desarrollo de la maniobra, que todo en esta vida es posible, sino por la imposibilidad manifiesta en la abrumadora mayoría de glorietas de volver al carril exterior tras el adelantamiento sin incurrir en el incumplimiento del Artículo 75, ya comentado antes.
Total, que hay que felicitarse de que por fin DGT haya desterrado esas ideas tan nocivas para la seguridad y para la fluidez del tráfico. Es de esperar que los funcionarios examinadores se reciclen en consecuencia y no consignen más como falta leve en las actas de examen lo que nunca fue falta alguna.
Quizá la mejor manera de ilustrar todo esto se encuentra resumida en el siguiente infográfico publicado por DGT. El único riesgo que presenta es que el conductor común no se detenga a leer los cinco parrafitos que la acompañan y entienda, por ejemplo, que DGT considera “mal” utilizar el carril interior de la rotonda para efectuar un cambio de sentido, que es lo que hace “bien” el conductor del Coche E. Aún picará alguno por ahí…

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Para todo lo demás, hace ya tiempo que publicamos un completo monográfico donde, además de ser coherentes con todo lo expuesto ahora por DGT, analizábamos los porqués del irracional comportamiento que presentan tantos conductores ante la circulación en glorietas o rotondas: Cómo circular por una glorieta o rotonda (0, 1, 2, 3, Anexo).
Más información | Revista Tráfico y Seguridad Vial

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Tal y como se venia defendiendo por parte de algunos profeores de autoescuela desde hace mas de 20 años.

Por fin se reconoce que una interseccion "rotondizada" con calzador a base de poner una chincheta en el medio, NO es una rotonda y por tanto NO se circula por el carril exterior para girar a la izda o hacer un cambio de sentido.

Por fin se reconoce que es un sinsentido que el carril interior de una falsa rotonda de pequeñas dimensiones sea exclusivamente para adelantar.

El problema aun esta en el aire, porque aun nadie ha establecido que es y que no es una rotonda, y tal y como lo han planteado desde la DGT en un principio, para que una rotonda o glorieta sirva y funcione para lo que ha sido creada, y para que el uso de los carriles y la toma de salidas se pueda realizar como preconiza, necesita que la afluencia de trafico de llegada a la misma sea aproximadamente igual por todos sus accesos, y que el diametro de la misma sea lo suficientemente elevado como para poder circular por ella tal y como lo hariamos en una curva a izquierdas con varios desvios a la dercha.

Editado el por Telémaco

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Normativa y regulación en movilidad adaptada, España a la cabeza de los países de la UE.

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Según datos recientes publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en España hay 3.850.000 residentes en hogares que afirman tener alguna discapacidad. El 67,2% de estas personas presentan limitaciones para moverse. De ellas, tan sólo un 4,6% dispone de un vehículo propio adaptado. No obstante, el transporte para personas con movilidad reducida debe considerarse como un servicio básico para el ciudadano; un derecho fundamental que tiene que ser regulado para preservar tanto la accesibilidad como la protección de estos individuos durante sus desplazamientos.

Precisamente ése fue el objeto de debate ayer en las III Jornadas de Transporte Accesible, celebradas en el CRMF-Imserso de San Fernando en colaboración con el CEAPAT, el Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayuda Técnica, y en las que estuvieron presentes numerosas asociaciones y usuarios así como diferentes empresas cuya actividad principal gira en torno a los sistemas de conducción, incluidos los anclajes, para las personas con disCAPACIDAD, con movilidad reducida o de la tercera edad.
De entre todas las ponencias desarrolladas ayer, cobró protagonismo especial la ofrecida por el gerente y director de operaciones de la empresa Rehatrans, una entidad puntera que dispone de una amplia gama de soluciones en cuanto a la adaptabilidad de vehículos para particulares, taxis, residencias y centros de día. Gerardo Miguel, el máximo responsable de la sociedad, explicó los cambios en la normativa para la legalización de plazas en sillas de ruedas en vehículos de categoría M1, "una modificación que si bien afecta a los turismos, no incide ni en las grúas ni en los asientos", comenta.
"Hasta 2007, Europa vivía sumergida en un caos en lo que a regulación de transporte adaptado se refiere. Cada país actuaba por libre; pero es a partir de ese año cuando se elabora la directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo como marco de homologación a tener en cuenta", argumenta Gerardo Miguel.

En España, concretamente, estaba vigente  una legislación obsoleta que fue sustituida a partir del 15 de enero de 2011 por el  y su nuevo manual de reforma de vehículos, abriendo así un nuevo proceso de legalización para la adaptación y la transformación de los mismos en el transporte de personas con movilidad reducida. "Esta nueva normativa no sólo garantiza la movilidad, sino también la seguridad tanto de los pasajeros que viajan en sillas de ruedas como del resto de acompañantes", afirma el gerente de Rehatrans, quien recuerda que el peso de una silla de rueda más el de su ocupante chocando a 60 kilómetros por hora contra el asiento delantero podría causar la muerte del conductor por aplastamiento.
"Así, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (MIET) añade a la inspección técnica del vehículo (ITV) un control en la fabricación de las carrocerías además de nuevos procedimientos burocráticos y de validación en la realización de ensayos y emisiones de informes", puntualiza Miguel. "El MIET da así un paso adelante en el sector de la transformación y adaptación para los desplazamientos en sillas de ruedas al mismo tiempo que aúna pautas de homologación con Europa".
En cualquier caso, España ya era una adelantada en este sentido, porque contaba -y cuenta- con la UNE 26494, una normativa nacional que regula el transporte de personas con movilidad reducida en vehículos de hasta 9 plazas, incluido el conductor. Se trata de un marco legal creado por un comité de expertos donde estaban representados fabricantes de coches, colectivos de discapacitados, el propio MIET, el Ministerio de Fomento, laboratorios, el Imserso… y que ha servido como referencia para que el transporte adaptado cumpla con los requisitos técnicos en materia de seguridad, eficacia y confort.
"La UNE 26494 recoge aspectos fundamentales en cuanto a condiciones de uso -no incluidos en los reales decretos- como son las medidas mínimas en el interior de un vehículo o la obligatoriedad de un tercer punto regulable en altura del cinturón de seguridad", apostilla el director de la entidad. "No obstante, todavía queda mucho por hacer, porque lo que hoy está regulado para cualquier individuo, aún no lo está para personas con movilidad reducida", concluye.

Fuente: DiariodeCadiz.


 

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